Durante el mes de Junio, los haberes previsionales administrados por ANSES registran una actualización conforme al esquema de movilidad vigente.

A continuación, se detallan los incrementos aplicables según cada régimen, junto con los valores actualizados y consideraciones relevantes para los beneficiarios.

Régimen general

Para el mes de Junio, las jubilaciones y pensiones del régimen general de ANSES tendrán un incremento del 2,58. De esta manera:

  • ● El haber mínimo asciende a $403.317,99 (en bruto)
  • ● El haber máximo se ubica en $2.713.948,17 (en bruto)

Asimismo, continuará el pago del bono extraordinario de hasta $70.000 destinado a beneficiarios con menores ingresos.
Adicionalmente, durante el mes de Junio se abonará la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), equivalente al 50% del mejor haber percibido durante el semestre.

Jubilaciones docentes no universitarios

A partir del mes de Junio, la movilidad para beneficiarios del Régimen docente será del 9.86%

Este porcentaje se mantendrá hasta el mes de agosto de 2026.

Devolución de Impuesto a las Ganancias

Durante el mes de Junio, algunos jubilados y pensionados podrán percibir reintegros correspondientes a retenciones efectuadas por el Impuesto a las Ganancias durante el período fiscal 2025.

Estas devoluciones pueden originarse por:

  • Ajustes derivados de la actualización anual de las escalas y deducciones del impuesto
  • Deducciones informadas con posterioridad
  • Reintegros vinculados a percepciones por compra de moneda extranjera o gastos realizados en el exterior

Cada caso dependerá de la situación particular de cada beneficiario y de la información presentada ante ARCA mediante el formulario SIRADIG.

Otras Jubilaciones de leyes especiales o con sentencia judicial

Los distintos regímenes previsionales de leyes especiales cuentan con mecanismos de movilidad específicos, por lo que los aumentos pueden variar según el tipo de beneficio.

Asimismo, en los casos en que el beneficiario cuente con una sentencia judicial firme que establezca un criterio de actualización distinto, deberá estarse a lo dispuesto en dicha resolución.

Cada situación requiere un análisis individual.